La Secretaria de Economía publica las Reglas Generales a las que deberán sujetarse los Prestadores de Servicios de Certificación

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JenTelMx

Secretaria de Economía (SE) ha publicado hoy en el Diario Oficial de la Federación Reglas Generales a las que deberán sujetarse los Prestadores de Servicios de Certificación.

Las Reglas son el instrumento que deberán cumplir los interesados en obtener la acreditación por parte de la Secretaría de Economía para poder ser Prestadores de Servicios de Certificación y ofrecer los servicios de emisión de Certificados Digitales, Sellos Digitales de Tiempo, Conservación de Mensajes de Datos, Digitalización de Documentos en Soporte Físico, así como para actuar como Tercero Legalmente Autorizado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 100 del Código de Comercio y la NOM-151-SCFI-2016, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de marzo de 2017.

Las Reglas entrarán en vigor este 15 de mayo. A la entrada en vigor de las presentes Reglas, se abrogan las Reglas Generales a las que deberán sujetarse los Prestadores de Servicio de Certificación, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 10 de agosto de 2004.

Las acreditaciones para ejercer como Prestador de Servicios de Certificación, otorgadas por la Secretaría de Economía con anterioridad a la entrada en vigor de las presentes Reglas, continuarán vigentes para todos sus efectos legales. Así mismo Las acreditaciones para ejercer como Prestador de Servicios de Certificación, que se encuentren en trámite antes de la entrada en vigor de las presentes Reglas, serán resueltas de conformidad con las disposiciones vigentes al momento de su presentación.

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