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Instituto Federal de Telecomunicaciones
Regulador de las telecomunicaciones y radiodifusión de México

JenTelMx

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) ha informado mediante un comunicado que como parte de las acciones para concretar la separación funcional al que están sujetos Telmex y Telnor como integrantes del Agente Económico Preponderante (AEP) en telecomunicaciones, el Pleno del Instituto aprobó modificar dos fechas del calendario de hitos establecido en el plan final de implementación de dicho proceso, emitido en febrero de 2018.

El comunicado de IFT destaca que dichos cambios no alteran el plazo de dos años originalmente otorgado por el Pleno al AEP para llevar a cabo la separación funcional, ni afectan el logro de otros hitos del calendario que no se modificaron, por lo que no se compromete el alcance de los propósitos por los cuales se mandató la medida.

La modificación aprobada establece el 30 de septiembre de 2019 como fecha límite para la presentación de los planes de migración de personal, de transferencia de recursos y de elementos de red e infraestructura; además de fijar como fecha límite para la conclusión de la transferencia el 31 de enero de 2020; cambios que no afectan la operación diaria de Telmex y Telnor ni la provisión de los servicios mayoristas que a la fecha prestan a diversos concesionarios.

La separación funcional de Telmex y Telnor es resultado de las medidas impuestas al AEP, en la cual el IFT determinó la pertinencia de separar la provisión de los servicios mayoristas asociados con la red local e infraestructura pasiva, a través de la creación de una nueva entidad, para asegurar que los operadores tengan acceso a insumos esenciales en los mismos términos y condiciones.

Al ser procesos complejos los de separación funcional, desde la revisión bienal de 2017 se previó el establecimiento de un Grupo de Transición que permite perfeccionar la implementación y realizar oportunamente los ajustes necesarios para evitar desviaciones operativas, administrativas o regulatorias, que pudieran comprometer la efectiva ejecución de la separación.

De esta forma, en dicho Grupo, además de dar seguimiento y plantear los avances que se han tenido en el cumplimiento e implementación del calendario del plan final, y dado que existen hitos cuyo cumplimiento no se agota en una sola ocasión, el AEP identificó ventajas en la asociación de ciertos hitos y propuso una recalendarización que le permita la ejecución ordenada de otras acciones del calendario dentro de los plazos máximos definidos, lo que a su vez estará acompañado de reportes periódicos de avances en el Grupo de Transición.

Dada la mejor información con la que se cuenta a un año de emitido el plan y a efecto de proveer de mayor certidumbre al proceso y las acciones que planea ejecutar el preponderante para concluir exitosamente con la separación funcional, a consideración del IFT, con estos cambios aprobados, el AEP contará con mejores condiciones para tomar decisiones respecto de los recursos y elementos de red e infraestructura que deberá transferir a las nuevas empresas y se otorgará mayor certidumbre al personal respecto de las condiciones bajo las cuales operarán una vez concluido el periodo de transición.

Con información de IFT

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