Compartir

Agencias

Antes del próximo 9 de junio entrará en funcionamiento la Agencia Espacial Española, según establece la disposición adicional primera del real decreto 158/2023, de 7 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal «Agencia Espacial Española», publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado y que entra en vigor este jueves.

La citada disposición establece que “la entrada en funcionamiento de la Agencia Espacial Española se producirá con la celebración de la sesión constitutiva de su Consejo Rector, que tendrá lugar en el plazo máximo de tres meses desde la entrada en vigor de este real decreto”.

El Estatuto, que tiene un artículo único, regula la organización administrativa precisa para dar lugar al cumplimiento de las funciones y competencias de la Agencia Espacial Española.

El presente real decreto consta de una parte expositiva, en la que se refieren los antecedentes del proyecto, se indica su objeto y se justifica su adecuación a los principios de buena regulación, un artículo mediante el que se crea la Agencia y se aprueba su Estatuto y una parte final compuesta por: cuatro disposiciones adicionales que regulan la entrada en funcionamiento de la Agencia, el inventario, la supresión de órganos y el régimen de personal; cinco disposiciones transitorias sobre el régimen transitorio de la Dirección de la Agencia, la garantía de continuidad en la ejecución de la política de financiación, los servicios comunes, el régimen presupuestario y el contrato plurianual de gestión; una disposición derogatoria referida a la derogación normativa y cinco disposiciones finales.

Fuente: Actualidad Aeroespacial

Compartir