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La Secretaria de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) publica en el Diario Oficial de la Federación (DOF), Los Lineamientos para la operación del Programa Conectividad para el Bienestar.

El Programa clasifica los objetivos en: A (generales) y B (específicos) método de operación.

A: Reducir la brecha digital, a través del acceso a tecnologías de información y comunicación (TICS), con énfasis en grupos prioritarios y en situación de vulnerabilidad, para fortalecer la inclusión digital y el desarrollo tecnológico y,
B:
a) Otorgar una tarjeta SIM a la población que se encuentra en uno de los Programas Sociales Federales, así como personas de 14 años en adelante no registradas en éstos y que residen en las ZAP; y en localidades cuyo grado de marginación y grado de rezago social es Muy Alto o Alto, y/o;
b) Brindar un servicio que incluye: internet, función para compartir internet (hotspot), telefonía celular y mensajes SMS.

El Programa contará con un Comité de Planeación, Operación y Supervisión que estará integrado por los titulares de las Unidades de Promoción de Inversiones y Desarrollo; Evaluación, Ejecución y Estudios Económicos; Estrategia Jurídica y Regulatoria; Ingeniería, Supervisión y Control de Proyectos; y el Coordinador de Administración de Recursos Financieros, Materiales, Capital Humano y TIC’s de PROMTEL, así como un representante designado por los titulares de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, de la Coordinación de Estrategia Digital Nacional, de la Coordinación de Programas para el Bienestar y de CFE Telecomunicaciones e Internet para Todos.

El Programa tendrá cobertura en todo el territorio nacional, y los apoyos en especie otorgados tendrán una vigencia de hasta doce meses.

Los criterios de elegibilidad del Programa están regidos por los principios de igualdad y no discriminación, señalan los Lineamientos.

Del total de los recursos autorizados al Programa, se destinará al menos el 96% al otorgamiento de apoyos directos a la población objetivo y hasta un 4% a los gastos indirectos asociados a la operación del mismo. Sujeto a la disponibilidad presupuestal del mismo.

Las instancias participantes serán: ejecutora y responsable PROMTEL en términos de la normativa aplicable e instancia normativa, el Comité.

Destacan los Lineamientos que en la operación y ejecución de los recursos federales asignados al Programa, se deberán observar y atender las medidas de carácter permanente contenidas en las leyes federales y/o locales en materia electoral aplicables, además de las disposiciones emitidas por las autoridades electorales federales y/o locales, así como las demás disposiciones normativas aplicables.

La entrega de tarjetas SIM deberá restringirse durante el tiempo que comprendan las campañas electorales federales y locales, y hasta la conclusión de las jornadas comiciales, en términos de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Consulte los Lineamentos para la operación del Programa Conectividad para el Bienestar

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